Presentan recurso de amparo ante la Sala Constitucional de la CSJ a favor de Juan Orlando Hernández

Tegucigalpa. Los abogados del expresidente, Juan Orlando Hernández, interpuso este martes un recurso de Amparo contra la resolución dictada por el Tribunal de Segunda Instancia, sobre el proceso de extradición solicitado por Estados Unidos. 

Los apoderados de Hernández dicen que hay “una violación de Derechos reconocidos en la Constitución de la República y los tratados internacionales de protección de los Derechos Humanos suscritos por Honduras. Eso lo lleva a pedir que se “decrete la suspensión del acto reclamado, la integración de la Sala para el reconocimiento y resolución de este recurso”.

El abogado, Marlon Duarte, expresa que la Ley de Justicia Constitucional establece claramente que no son admisibles aquellos recursos de amparo en contra de una sentencia definitiva, peor en este caso que es una sentencia definitiva emitida por el pleno de los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia. 

La defensa se ampara en Ley de Justicia Constitucional que indica que “la pirámide de impartición de justicia en Honduras está conformado por los juzgados de letras, cortes de apelaciones y el pleno de la Corte Suprema de Justicia, en este caso es la última instancia, arriba del pleno de la Corte Suprema de Justicia, para que no se entiendan de esta manera ya no existe otro cuarto piso, solo hay tres pisos”.

Duarte indica que “en ese orden de ideas no es factible jurídicamente hablando ni es admisible desde todo punto de vista legal, pero la defensa tiene derecho, aún y cuando no se comparta, por mi persona, en todo caso, porque jurídicamente no procede de presentar las peticiones, esto no va a retrasar en ningún momento la ejecución de la sentencia emitida por el pleno”. 

Para resolver la apelación tendría que “llamarse un pleno porque todos los magistrados que participaron en el pleno de donde confirman la resolución del juez de primera instancia en el caso que nos ocupa de extradición, ya participaron y tienen una opinión que no violento,  ningún tipo de garantías constitucional y ellos ya no podrían integrar un disque pleno, que no va a ser conformado, porque se va a declarar inadmisible … derecho el mismo porque violenta lo que establece la Ley de Justicia Constitucional”.